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CAMBIO BASE COTIZACIÓN AUTÓNOMOS
Vélez-Málaga - 29 mar 2019

El próximo 31 de marzo finaliza el primer plazo que tienen los autónomos para cambiar su base de cotización en 2019. Los autónomos pueden cambiar su base de cotización hasta cuatro veces al año, en los siguientes plazos:

  • Con efectos el 1 de abril si lo solicita entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
  • Con efectos el 1 de julio si lo solicita entre el 1 de abril y el 30 de junio.
  • Con efectos el 1 de octubre si lo solicita entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
  • Con efectos el 1 de enero del año siguiente si lo solicita entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

Las bases mínima y máxima de cotización en 2019 son de 944,40€ y de 4.070,10€ mensuales, respectivamente.
Según la edad que tenga a 1 de enero la base de cotización que podrá elegir está limitada:

  • Si a 1 de enero de 2019 todavía no ha cumplido 47 años, podrá elegir cualquier base de cotización dentro de los límites mínimos y máximos indicados (944,40€ y 4.070,10€).
  • La misma regla se le aplicará si a esa fecha tenía 47 años y su base de cotización en diciembre de 2018 fue igual o superior a 2.052€.
  • Si su base de cotización en diciembre de 2018 fue inferior a 2.052€, no podrá elegir una base superior a 2.077,80€ mensuales, salvo si ejercita su opción antes del 30 de junio de 2019.
  • Si a principios de 2019 ya tenía 48 o más años, sólo podrá elegir una base de entre 1.018,50€ y 2.077,80€.

No obstante, la base de cotización de los autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social cinco o más años tendrá las siguientes cuantías:
 
  • Si la última base de cotización acreditada hubiera sido igual o inferior a 2.052€ mensuales, se habrá de cotizar por una base comprendida entre 944,40€ y 2.077,80€ mensuales.
  • Si la última base de cotización acreditada hubiera sido superior a 2.052€ mensuales, se habrá de cotizar por una base comprendida entre 944,40€ mensuales y el importe de aquélla incrementado en un 7%, con el tope de la base máxima de cotización.

Autónomos societarios y autónomos con empleados

Por otro lado, la base mínima de cotización de los autónomos societarios (es decir, socios que poseen el control efectivo de su sociedad y que aparte trabajan en ella) y de los autónomos que en algún momento del año 2018 hayan tenido contratado a su servicio (de manera simultánea) un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez es de 1.214,10€.
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