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FAQS (preguntas frecuentes)
PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES
Vélez-Málaga - 18 dic 2018

Anualmente su empresa deberá depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Por tanto, le interesa recordar los plazos de presentación:

  • Las cuentas anuales se deben formular dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio. Así, si su empresa cerró 2017 el 31 de diciembre, el plazo para redactar las cuentas comprende hasta el 31 de marzo de 2018.
  • Los socios deben reunirse durante los seis primeros meses del ejercicio para aprobar las cuentas y aplicar el resultado. Es decir, en el caso del ejemplo anterior, tienen de plazo máximo hasta el 30 de junio.
  • Por último, deberá depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil de su provincia dentro del mes siguiente al de su aprobación.
Presentación del Impuesto de Sociedades

  • La declaración del Impuesto sobre Sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes, ya que cada sujeto pasivo tiene su propio plazo, en función de la fecha en que concluya su período impositivo.
  • La presentación del modelo 200 se deberá realizar dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. En el caso de sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2017 queda fijado como fecha límite el 25 de julio de 2018.
  • En las localidades en donde el último día del plazo voluntario de presentación sea festivo o sábado, los sujetos pasivos podrán presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades el primer día hábil siguiente.

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